Spanish English French
  • Compartir
  • NOSOTROS

    				

     

     

    ESTATUTOS

     

     

    TÍTULO PRIMERO.

    DEL NOMBRE Y NACIONALIDAD.

     

    Primero. Se constituye en este acto la persona moral con el nombre de RED INTERNACIONAL DE INVESTIGACIÓN EN DERECHO EDUCATIVO, denominación que irá seguida de las palabras ASOCIACIÓN CIVIL o sus abreviaturas AC.

     

    La Asociación será de nacionalidad mexicana y se regirá por el Código Civil para el Estado de Chiapas y por las demás leyes que le sean aplicables, así como por sus Estatutos, mismos que deberán ser inscritos en el Registro Público de la Propiedad para que produzcan efectos contra terceros.

     

    De conformidad con el artículo veintidós (22) del Reglamento para la Autorización del Uso o Denominaciones o Razones Sociales, la Sociedad responderá por cualquier daño, perjuicio o afectación que pudiera causar el uso indebido o no autorizado de una denominación o razón social al momento de reservar la denominación o razón social durante el tiempo en que se encuentre en uso y después de que se haya dado el aviso de liberación respecto de la denominación o razón social.

     

    TÍTULO SEGUNDO.

    DE LA DURACIÓN.

    Segundo. La duración de la sociedad será por tiempo indefinido.

     

     

    TÍTULO TERCERO.

    DEL DOMICILIO.

     

    Tercero. La Asociación tendrá su domicilio en la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, aun cuando establezca oficinas, sucursales, filiales, representaciones, comisiones o grupos en cualquier parte de los Estados Unidos Mexicanos y/o en el extranjero.

     

    Aunado a lo anterior, la Asociación podrá pactar domicilios convencionales.

     

    TÍTULO CUARTO.

    DEL OBJETO.

     

    Cuarto. La Asociación realizará las siguientes actividades:

     

    1. Crear espacios y acciones de investigación, intercambio de experiencias, formación profesional y desarrollo de proyectos entre personas físicas e instituciones para el conocimiento, investigación y la difusión del Derecho Educativo y los Derechos Humanos.

     

    1. Fortalecer y consolidar a la Asociación como uno de los actores principales para el desarrollo de la dimensión internacional del Derecho Educativo en México.

     

    1. Promover el mejoramiento profesional de sus asociados, para que puedan colaborar mediante investigaciones al desarrollo educativo del país.

     

    1. Desarrollar y recomendar principios, políticas y prácticas que propicien la educación y la investigación conjunta, tanto entre sus asociados, como entre ellos e investigadores de otras partes de la república o del extranjero.

     

    1. Desarrollar la investigación, consultoría, asesoría y docencia del Derecho Educativo y Derechos Humanos, a nivel internacional, nacional y local.

     

    1. Promover la capacitación de sus asociados, así como el desarrollo profesional de los mismos en las diversas áreas enmarcadas dentro del área educativa.

     

    1. Establecer vínculos profesionales con instituciones públicas o privadas, tanto nacionales como extranjeras, que tengan entre sus actividades la impartición de educación en los distintos niveles.

     

    1. Difundir entre sus asociados y en la sociedad, los ordenamientos jurídicos que regulen el rubro educativo en México.

     

    1. Prestar asesoría, capacitación y asistencia en el ramo educativo a grupos, sociedades, asociaciones y dependencias, tanto públicas como privadas, sean éstas nacionales o extranjeras, así como a cualquier sector de la sociedad que lo requiera.

     

    1. Proponer y difundir modelos de enseñanza, gestión educativa, planeación e investigación, así como cualquier otra actividad relacionada con sus fines.

     

    1. Organizar eventos que fomenten el intercambio de conocimientos y experiencias entre los asociados y cualquier grupo de profesionales interesados en el tema educativo.

     

    1. Diseñar, elaborar, integrar, gestionar, operar y evaluar planes, programas y proyectos de formación y capacitación de investigación social y científica, orientando el fortalecimiento de las capacidades educativas del país.

     

    1. Promover, brindar apoyos y estímulos, ser coadyuvante para la realización de actividades educativas en todos los niveles, particularmente en el área de Derecho Educativo y Derechos Humanos.

     

    1. Coadyuvar en el fortalecimiento del capital humano a través de apoyos económicos a estudiantes para que asistan a cursos, talleres, diplomados, conferencias, simposios, foros o cualquier otra actividad relacionada a su formación educativa.

     

    1. Brindar apoyos económicos para fomentar proyectos de educación, en especial la educación en Derechos Humanos y Educativo, así como la promoción y difusión de las mismas.

     

    1. Procurar apoyos y estímulos económicos a personas o grupos sociales dedicados a promover actividades educativas, de todos los niveles, en particular en el área de Derechos Humanos y Derecho Educativo.

     

    1. Otorgar becas, cumpliendo los requisitos legales, para realizar estudios en instituciones de enseñanza a nivel nacional. Que tengan autorización o reconocimiento de validez oficial por la autoridad educativa competente, así como en instituciones del extranjero que estén reconocidas por el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.

     

    1. La enseñanza de los Derechos Humanos y del derecho Educativo.

     

    1. Difundir los avances científicos que se relacionen con los Derechos Humanos y el Derecho educativo.

     

    1. Impartir educación a nivel superior, maestría o doctorado, previo reconocimiento de validez oficial que obtenga la asociación de las autoridades estatales y/o federales respectivas.

     

    1. Gestionar apoyos y estímulos económicos a investigadores en diversas disciplinas para la producción de bibliografía relacionada con temas educativos o de Derechos Humanos.

     

    1. Promover, brindar apoyos y estímulos, ser coadyuvante para la realización de actividades educativas e investigación.

     

    1. Diseñar y desarrollar cursos de capacitación en la ciencia del Derecho para promover el respeto y la observancia plena de los Derechos Fundamentales.

     

    1. Apoyar y promover la defensa de los Derechos Humanos de grupos vulnerables en el país.

     

    1. Promoción, fomento y difusión entre la población de los principios de la equidad de género, misma que se ejecutará mediante cursos, talleres, conferencias y simposios.

     

    1. Otorgar reconocimientos a quienes hayan recibido capacitación en cualquiera de los objetivos sociales.

     

    1. Capacitar, sistematizar, difundir y publicar información relevante relacionada con el objeto social.

     

    1. Impulsar la integración de profesionistas afines.

     

    1. Promover las relaciones con instituciones públicas, privadas y sociales, nacionales o extranjeras para el mejor cumplimiento de los objetivos sociales.

     

    1. Edición, producción y distribución de cualquier tipo de material didáctico impreso o digital conveniente para la consecución del objeto social.

     

    1. Realizar eventos, congresos, foros, conferencias o cualquier medio de participación ciudadana para llevar a cabo cualquiera de los fines descritos en el objeto social.

     

    1. Promover aportaciones económicas, en especie o en servicios que puedan hacer personas e instituciones públicas y privadas, nacionales o extranjeras, para el eficaz cumplimiento del objeto social.

     

    1. Allegarse de fondos y recursos necesarios para cumplir con el objeto social a través de cuotas, donativos u otros medios, siempre que no constituyan especulación comercial.

     

    1. La organización se encarga de contratar los recursos humanos, servicios técnicos y especializados necesarios para el desarrollo de las actividades propias de su objeto social.

     

    1. La recepción y gestión de todo tipo de donativos, aportaciones y financiamiento, de origen legal, de todas aquellas personas físicas o morales, nacionales e internacionales, benefactores, empresas públicas o privadas, instituciones gubernamentales del orden federal, estatal o municipal, los cuáles serán destinados al cumplimiento de los objetivos de la asociación y de los programas y proyectos que diseñe y ejecute.

     

    1. Construir, adquirir o arrendar los bienes muebles e inmuebles necesarios para la realización del objeto social.

     

    1. Celebrar todo tipo de contrato y convenios relacionados con su objeto social.

     

    1. Gozar de los incentivos fiscales y demás apoyos económicos y administrativos, que permitan las disposiciones jurídicas en la materia.

     

    1. Recibir donativos y aportaciones en los términos de las disposiciones fiscales y demás ordenamientos fiscales.

     

    1. Recibir apoyos económicos y administrativos, que permitan las disposiciones jurídicas en la materia.

     

    1. Contratar servicios de asesoría, consultoría y capacitación, de organismos o empresas nacionales o extranjeras, para el adecuado cumplimiento de sus fines sociales.

     

    1. Utilizar medios de comunicación, tecnológicos e informativos para la difusión de sus eventos y programas.

     

    1. Obtener por cualquier título, concesiones, permisos, autorizaciones o licencias y celebrar cualquier clase de contrato con la administración pública federal, estatal o municipal que se relacione con el objeto social.

     

    1. Editar, adquirir, publicar y distribuir libros, revistas, impresos o electrónicos relacionados a sus eventos y programas.

      

    1. Otorgar y suscribir títulos de crédito en los términos del artículo noveno de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, con la facultad de realizar movimientos para aperturar, operar y cancelar cuentas bancarias, cobrar y librar cheques bancarios.

     

    1. Contratar al personal necesario para el cumplimiento de sus fines.

     

    1. Celebrar todo acto jurídico, contrato o convenio, permitido por la ley y que sea necesario para el cumplimiento de sus fines.

     

     

     



    CÓDIGO DE ÉTICA

     

    TUXTLA GUTIÉRREZ, CHIAPAS, MÉXICO.

    Artículo 1°.
    Este Código de Ética es aplicable a todos los miembros activos de la RED INTERNACIONAL DE INVESTIGACIÓN EN DERECHO EDUCATIVO A. C. (RIIDE), y tiene como propósito subrayar la importancia que para personas e instituciones tiene el ejercicio ético, garantizando el respeto puntual de los Derechos Humanos.

    Artículo 2°.
    Declaramos que el Derecho Educativo es fundamental para coadyuvar al desarrollo integral de las personas e instituciones, así como de las naciones y los pueblos; por tal razón, hemos decidido en plena conciencia de nuestros derechos y obligaciones acatar estos principios y valores, procurando en todo momento el apotegma juarista que señala: “Entre los individuos como entre las naciones el respeto al derecho ajeno es la paz”.

    Artículo 3º.
    El lema central que distingue y da fortaleza a la RIIDE es: “Unidad y Desarrollo del Derecho Educativo en el mundo”, constituye el objetivo central de la organización y representa en sí mismo la síntesis de los valores individuales y colectivos.

    Artículo 4°.
    La función principal de nuestro Código de Ética es su carácter normativo y formativo, para lo cual se requiere la voluntad de participar en un proceso de reeducación, estableciendo un necesario equilibrio entre lo objetivo y lo subjetivo del mundo que nos ha tocado vivir, tratando siempre de construir lo más justo y mejor para todos, sin descuidar el necesario ejercicio de libertades con responsabilidad.

    Artículo 5°.
    Los miembros de la RIIDE deben ser respetuosos del marco jurídico-educativo que rige a las instituciones, naciones y pueblos. Las reformas que proponga deben utilizar los canales jurídicos apropiados para tal efecto, cuidando en todo momento sus derechos y obligaciones, respetando los valores y creencias de sus colegas.

    Artículo 6°.
    Los miembros de la RIIDE tienen la obligación de conducirse con honor, valor cívico, y capacidad de servicio, respetando puntualmente la dignidad humana.

    Artículo 7°.
    Ser miembro de la RIIDE es ser socio de una comunidad internacional con identidad propia, en permanente comunicación, que promueve la convivencia social y el espíritu de colaboración a partir del interés común por el Derecho Educativo.

    Artículo 8°.
    Un miembro de la RIIDE es un permanente defensor del derecho a la educación y del derecho de la educación en beneficio de todos.

    Artículo 9°.
    Reconocemos que la educación es derecho fundamental que garantiza la legítima aspiración de las personas y los pueblos para conseguir las oportunidades necesarias y lograr mediante los esfuerzos requeridos un mejor nivel de vida.

    Artículo 10°.
    Un miembro de la RIIDE es conocedor de los marcos jurídicos-educativos que regulan la actividad pedagógica de su interés, y promueve la aplicación de diversos mecanismos fundamentados en la solidaridad, la tolerancia, y la cultura de paz.

    Artículo 11°.
    Todos los miembros de la RIIDE estamos obligados en nuestras relaciones de colaboración e intercambio en torno al Derecho Educativo a:

    a). Respetar y ser respetados.
    b). Desempeñarnos al máximo de nuestras capacidades.
    c). Decir siempre la verdad, cueste lo que cueste la verdad.
    d). Aprender del otro en un marco de interés y tolerancia a las diferencias.
    e). Agradecer la oportunidad de crecer como persona y como profesionales.
    f). Ser congruentes entre lo que decimos y lo que hacemos.
    g). Aportar económicamente en la medida de nuestras posibilidades para hacer posibles proyectos conjuntos.
    h). Desarrollar la puntualidad y el sentido de la responsabilidad.
    i). Apoyarnos mutuamente sin esperar nada a cambio.

    Artículo 12°.
    Al amparo del artículo 26 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, reconocemos que el Derecho Educativo debe ser considerado un derecho humano al servicio de las personas y de los pueblos.

    Artículo 13°.
    Nos oponemos a todo tipo de violencia en cualquiera de sus modalidades o expresiones, aun aquellas que por considerarse “normales” atentan contra la integridad y dignidad de las personas en los distintos espacios educativos.

    Artículo 14°. 
    Pretendemos generar espacios educativos libres de violencia, encaminados a la necesaria construcción de la paz, fundamento indispensable para la construcción del nuevo ciudadano que trabaja para el desarrollo tecnológico y humanístico, cuidando el medio ambiente y el marco de los derechos y las obligaciones de todos y cada uno de los integrantes de la comunidad educativa en tanto que habitantes de este planeta.

    Artículo 15°.
    Nos comprometemos a impedir el avance de la cultura de la violencia en todas sus formas y modalidades pues afectan los espacios educativos, el desarrollo familiar y social de la comunidad.

    Artículo 16°.
    Para ingresar formalmente como miembro activo de la RIIDE, en solemne ceremonia presidida por el Consejo Directivo que corresponda, se aplicará el “Protocolo de Juramento del Código de Ética”, donde el (la) interesado(a) deberán jurar públicamente cumplir y hacer cumplir tales principios.

    Artículo 17°.
    Los miembros de la RIIDDE consideramos necesaria la suma de esfuerzos de personas e instituciones para hacer del Derecho Educativo un elemento coadyuvante al desarrollo político, social y económico al servicio del pueblo, capaz de formar nuevos ciudadanos con mayores potencialidades y valores al servicio de la comunidad.

    Artículo 18°.
    Un miembro de la RIIDDE está obligado a practicar la cultura de la legalidad en todas y cada una de sus acciones, pero siempre tendrá presente que antes que la legalidad está la justicia.

    Artículo 19º
    Ser miembro activo de la RIIDE en cualquier parte del mundo, debe ser motivo de orgullo y capacidad de servicio de calidad en materia de Derecho Educativo, pero al mismo tiempo debe ser un acto de humildad y reconocimiento por aprender a desarrollar más y mejores competencias que deberán tener como sustento sólida cultura general y especializada. Para ello, todos los socios debemos de estar en permanente formación y actualización profesional.

    Artículo 20º
    Los miembros activos de la RIIDE no sólo somos una organización, una academia o un colegiado, fundamentalmente SOMOS UNA FAMILIA, y debemos hacer todo lo que esté a nuestro alcance para ser solidarios con nuestros colegas sin esperar nada a cambio, mas que la satisfacción del deber cumplido.

    Artículo 21°.
    Cada miembro de la RIIDDE tiene la obligación de cumplir y hacer cumplir el presente Código de Ética, su violación en alguna de sus partes estará sujeta a las sanciones correspondientes, y será la Comisión de Honor y Justicia la encargada de procesar el caso y sentenciar lo procedente. El Consejo Directivo Nacional correspondiente, y en su caso, el Consejo Directivo Internacional serán los responsables de la aplicación de la sentencia.

    Artículo 22°.
    Nadie podrá ser sentenciado sin antes ser escuchado en su legítima defensa. Además, siempre será considerado inocente hasta que con evidencias de diversos tipos se genere suficiente confiabilidad y sea declarado culpable por la Comisión de Honor y Justicia.

    Artículo 23°.
    El Consejo Directivo Internacional y en su caso el Consejo Directivo Nacional podrán tomar las medidas generales disciplinarias que consideren convenientes para cumplir y hacer cumplir el presente Código de Ética, siempre con estricto respeto a los derechos de las personas dentro y fuera de la organización.

    Artículo 24°.
    El Consejo Directivo desarrollará como una de sus actividades permanentes el Programa para Fomentar la Cultura del Reconocimiento entre los miembros de la RIIDDE.
    __________________________________________________________________________________________________________
    Transitorio: Este Código de Ética de la Red Internacional de Investigación en Derecho Educativo (RIIDE), será aplicable a partir del 1ro de septiembre del 2016.

    Puedes obtener mayor información sobre cómo registrarte en la RIIDE por WhatsApp al 961 459 6008 o bien, al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

    Recuerda visitar nuestra página en Facebook:

    https://www.facebook.com/RIIDEinternacional/